{"id":6518,"date":"2022-04-09T11:32:25","date_gmt":"2022-04-09T10:32:25","guid":{"rendered":"https:\/\/tiberiades.org\/?p=6518"},"modified":"2022-04-27T19:23:22","modified_gmt":"2022-04-27T18:23:22","slug":"jose-alfredo-perez-alencar-cine-y-derecho-o-un-documental-sobre-la-declaracion-alford-soy-culpable-pero-no-lo-hice","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tiberiades.org\/?p=6518","title":{"rendered":"Cine y Derecho, o un documental sobre la Declaraci\u00f3n Alford: \u201cSoy culpable, pero no lo hice\u201d."},"content":{"rendered":"<p>He sentido la necesidad de dedicar una breve reflexi\u00f3n sobre este tema, no por considerarlo parad\u00f3jico o peculiar (al fin y al cabo, consiste en un trato entre acusaci\u00f3n y defensa), sino por el trasfondo que se puede apreciar de cara al papel del Estado. Y esto \u00faltimo es el objeto de an\u00e1lisis, ya que en ning\u00fan caso pretendo dilucidar sobre la culpabilidad o inocencia de los que \u201cprotagonizan\u201d los documentales sobre este tema. Tampoco se trata de realizar un recorrido a trav\u00e9s de los mecanismos procesales, m\u00e1xime teniendo en cuenta que es un Ordenamiento Jur\u00eddico distinto.<\/p>\n<p>El origen est\u00e1 en 1970, en el caso Carolina del Norte contra Alford, de la Corte Suprema de Estados Unidos: el procesado se declara culpable de asesinato en segundo grado para evitar la pena de muerte atribuida a los casos de asesinato en primer grado. Henry Alford es condenado a la privaci\u00f3n de libertad por un per\u00edodo de treinta a\u00f1os.<\/p>\n<p>Esta jurisprudencia acabar\u00eda cristaliz\u00e1ndose en la doctrina y, en un primer acercamiento, podr\u00eda dar a entender que se trata de una especie de salvoconducto para los culpables. Por suerte, los documentalistas cada vez se est\u00e1n prodigando m\u00e1s en traer a colaci\u00f3n procesos judiciales sucedidos en el pasado y que manifiestan irregularidades.<\/p>\n<p>Ya ha transcurrido bastante tiempo desde que hiciera referencia a esta figura del Derecho estadounidense al bordar mis impresiones sobre el reportaje <strong><em>Paradise Lost<\/em><\/strong> (en \u00e9l se refleja la historia de \u201cLos tres de West Memphis\u201d, aquellos j\u00f3venes condenados por el asesinato de tres ni\u00f1os, en base a las preferencias en su estilo de vida). En aquel momento la percib\u00ed como algo puntual, meramente anecd\u00f3tico, pero en estos \u00faltimos d\u00edas he visto <strong><em>The Staircase<\/em><\/strong>, de Kathleen Peterson, que trata de la muerte por accidente u homicidio: no se logr\u00f3 discernir la naturaleza. El principal sospechoso desde el principio fue su marido, Mike Peterson, \u00fanica persona presente en la casa cuando ocurrieron los acontecimientos, al que las c\u00e1maras siguen durante dos lapsos temporales separados por los ocho a\u00f1os que estuvo en prisi\u00f3n. Declarado culpable en el juicio, pasaron ocho a\u00f1os hasta que consigui\u00f3 la revisi\u00f3n de su caso para conseguir el sobreseimiento, o bien, que se celebrara un nuevo juicio. Aqu\u00ed entra en escena la presi\u00f3n ejercida por las hermanas de la fallecida o v\u00edctima sobre el fiscal, el cual en ning\u00fan caso deber\u00eda dejarse influenciar; es m\u00e1s, en el reportaje se deja entrever que la fiscal\u00eda no era demasiado proclive a continuar con la acusaci\u00f3n tras los nuevos argumentos de la defensa (si bien se ha de rese\u00f1ar que se trataba de un fiscal reci\u00e9n nombrado, es un dato relevante). Tras una espera desmesurada entre negociaciones e incertidumbre, Mike Peterson, ya convertido en un anciano y sin recursos econ\u00f3micos, se pliega a la recomendaci\u00f3n dada por su abogado, esto es de acogerse a la doctrina Alford.<\/p>\n<p>Es encomiable la persistencia de los realizadores, porque se trata de material gr\u00e1fico recogido durante d\u00e9cadas. Pero si hablamos de tenacidad o enardecimiento, el Estado es el aut\u00e9ntico merecedor de esos atributos. En ambos casos, la implacable labor de la Fiscal\u00eda como representante de los intereses estatales (que no se detiene ni ante el falso testimonio de sus propios testigos periciales) es la que logra una declaraci\u00f3n de culpabilidad. Esto pese al estigma que ello acarrea para los \u201cculpables\u201d, los cuales, tras a\u00f1os de p\u00e9rdida de su libertad a la espera de una oportunidad para demostrar su no culpabilidad, se ven forzados a mostrar su conformidad con este acuerdo. En cierta manera, se puede llegar a entender la postura asfixiante del Estado para lograr salir airoso en estas situaciones. No es para menos, a trav\u00e9s de esta doctrina consigue su condena (aunque el reo quede en libertad) y evita el potencial resarcimiento econ\u00f3mico al que se expone en el supuesto de que se interponga una demanda civil por los da\u00f1os causados a una persona encarcelada injustamente.<\/p>\n<figure id=\"attachment_6515\" aria-describedby=\"caption-attachment-6515\" style=\"width: 640px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-large wp-image-6515\" src=\"https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/2-Mike-Peterson-y-su-abogado-1024x576.jpg\" alt=\"\" width=\"640\" height=\"360\" srcset=\"https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/2-Mike-Peterson-y-su-abogado-1024x576.jpg 1024w, https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/2-Mike-Peterson-y-su-abogado-300x169.jpg 300w, https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/2-Mike-Peterson-y-su-abogado-768x432.jpg 768w, https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/2-Mike-Peterson-y-su-abogado.jpg 1280w\" sizes=\"auto, (max-width: 640px) 100vw, 640px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-6515\" class=\"wp-caption-text\">Mike Peterson y su abogado<\/figcaption><\/figure>\n<p>Quisiera aclarar que en estas l\u00edneas me centro en E.E.U.U., pero hechos de este calibre pueden producirse perfectamente en cualquier otro pa\u00eds. En sede de documentales, recomiendo <strong><em>Nevenka<\/em><\/strong>: un documental muy revelador sobre el delito de connotaci\u00f3n sexual cometido por el alcalde de Ponferrada, Ismael \u00c1lvarez, contra una de sus concejalas, Nevenka Fern\u00e1ndez, cuya denuncia por acoso sexual se erige pionera. En Espa\u00f1a, la autor\u00eda de esta conducta se \u201csalda\u201d en el art. 184.2 del C\u00f3digo Penal, al tratarse de una relaci\u00f3n jer\u00e1rquica, con una pena privativa de libertad de 5 a 7 meses o una multa. Por ello resulta l\u00f3gico que se venga exigiendo un endurecimiento en las penas. Lo que nos ata\u00f1e aqu\u00ed es la mala praxis del primer fiscal designado, que tuvo un trato deplorable con la v\u00edctima, hasta el extremo de hacer que pareciera la culpable (adem\u00e1s hizo alarde de la correcci\u00f3n en sus actos). Como era de esperar, fue relevado del caso.<\/p>\n<p>A veces es algo complejo definir la funci\u00f3n del Ministerio Fiscal como la b\u00fasqueda de la verdad y, todav\u00eda m\u00e1s arduo, ser\u00eda afirmar que su posici\u00f3n reviste de imparcialidad. De la lectura del art. 124.1 de nuestro texto constitucional se obtiene lo siguiente: <em>\u201c[\u2026]tiene por misi\u00f3n promover la acci\u00f3n de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del inter\u00e9s p\u00fablico tutelado por la ley [\u2026]<\/em>\u201d, estas palabras se reproducen en el art\u00edculo primero de la Ley 50\/1981, que regula el Estatuto Org\u00e1nico del Ministerio Fiscal. Mas es en el art\u00edculo siguiente donde se encuentran dos cuestiones importantes.<\/p>\n<p>La primera ser\u00eda la siguiente frase: \u201c[\u2026]integrado con autonom\u00eda funcional en el Poder Judicial [\u2026]\u201d lo que podr\u00eda suponer una distinci\u00f3n con respecto de lo que ocurre en Norteam\u00e9rica, donde es manifiesta su condici\u00f3n como brazo del Poder Ejecutivo. Esto es una mera divagaci\u00f3n puesto que retomando de nuevo nuestra norma suprema, el art. 124.4 establece que el Fiscal General, es propuesto por el Ejecutivo. Por otro lado, en la parte final del mismo: \u201c[\u2026] y con sujeci\u00f3n, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad\u201d, esa imparcialidad en tal caso se puede predicar para los \u00f3rganos judiciales, desde el momento en que se perfila como acusaci\u00f3n ese principio queda desprovisto de sentido. O, tal vez, habr\u00eda que trazar una l\u00ednea entre la dimensi\u00f3n te\u00f3rica, en la que hay una ausencia total de presiones sean internas o externas, y la pr\u00e1ctica. Empezando por procesos que han tenido gran repercusi\u00f3n medi\u00e1tica, no es aventurado suponer que incluso los propios jueces y magistrados quedaron sometidos a cierta influencia de manera indirecta (me ahorrar\u00e9 mentar ejemplos para no generar controversia).<\/p>\n<p>Espa\u00f1a parece ser que tambi\u00e9n tiene su propia doctrina Alford, contenida en los art\u00edculos 803 bis y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Proceso por aceptaci\u00f3n de decreto. Digo propia, porque lo contenido en esos preceptos dif\u00edcilmente puede equipararse a dicha doctrina, principalmente porque se prev\u00e9 para delitos de escasa entidad. Debo reconocer que el \u00e1mbito penal est\u00e1 lejos de ser mi predilecto, y cuando abordo cuestiones relacionadas con \u00e9l, lo hago desde un conocimiento general. Es por eso que, al entender la connotaci\u00f3n de esta figura jurisprudencial, en parte se me asemeja con el allanamiento del demandado en los procesos civiles (mostrar conformidad total o parcial con lo alegado por la contraparte).<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-6516\" src=\"https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/3.jpg\" alt=\"\" width=\"313\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/3.jpg 313w, https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/3-188x300.jpg 188w\" sizes=\"auto, (max-width: 313px) 100vw, 313px\" \/><\/p>\n<p>Inclusive me atrever\u00eda, simplemente con la intenci\u00f3n de establecer otro s\u00edmil, a compararla con el funcionamiento de las sanciones en el plano administrativo, una vez se incoa un expediente a ra\u00edz de una infracci\u00f3n. La Administraci\u00f3n otorga un plazo para que se recurra la multa o, en caso contrario, se abone la cuant\u00eda prevista reducida en un tanto por ciento, lo que supone el reconocimiento de los hechos aducidos en el expediente (aunque se est\u00e9 en desacuerdo con los mismos). Esta asunci\u00f3n de \u201cculpabilidad\u201d ante el \u00f3rgano administrativo es la opci\u00f3n m\u00e1s plausible en estos tiempos, gracias a nuestra Ley Org\u00e1nica 4\/2015 de protecci\u00f3n de la seguridad ciudadana.<\/p>\n<p><em>Jos\u00e9 Alfredo P\u00e9rez Alencar (Salamanca, 1994), quien hace pocos meses public\u00f3 sus libros \u2018Pasiones cin\u00e9filas\u2019 (Trilce, Salamanca, 2020) y Iuris Tantum (Betania, Madrid, 2020). Junto a sus estudios en Derecho por la Universidad de Salamanca y a su temprano aprendizaje como poeta, tambi\u00e9n es un apasionado al S\u00e9ptimo Arte. Cuando ni\u00f1o la imprenta Kadmos le public\u00f3 una carpeta de poemas titulada El barco de las ilusiones (2002, con 17 acuarelas del pintor Miguel El\u00edas). Posteriormente public\u00f3 seis poemas en la antolog\u00eda Los poetas y Dios (Diputaci\u00f3n de Le\u00f3n, 2007) y otros sendos poemas en las antolog\u00edas El paisaje prometido (2010), Por ocho centurias (2018), Regreso a Salamanca (2020) y El ciego que ve (2021. Form\u00f3 parte del equipo de apoyo del XXII Encuentro de Poetas Iberoamericanos, que en 2019 rindi\u00f3 homenaje a San Juan de la Cruz y a Eunice Odio. En 2020 lo hizo con el homenaje dedicado a Jos\u00e9 Mar\u00eda Gabriel y Gal\u00e1n, dentro del XXIII Encuentro de Poetas Iberoamericanos, mientras que en 2021 colabor\u00f3 en el XXIV Encuentro, dedicado a Antonio Colinas.&nbsp; Tambi\u00e9n public\u00f3 cinco poemas en la revista literaria Kametsa, que se edita en Per\u00fa. Sus cr\u00edticas de cine las publica tanto en la revista literaria digital Crear en Salamanca como en el portal Tiber\u00edades. En el \u00e1mbito del Derecho, escribe art\u00edculos de contenido jur\u00eddico y social en su blog Iuris tantum, que mantiene en el peri\u00f3dico digital SALAMANCA AL D\u00cdA. En los pr\u00f3ximos meses se publicar\u00e1 su poemario Tambores en el abismo, en edici\u00f3n biling\u00fce espa\u00f1ol-portugu\u00e9s, con traducci\u00f3n de Leoc\u00e1dia Regalo.<\/em><\/p>\n<figure id=\"attachment_6517\" aria-describedby=\"caption-attachment-6517\" style=\"width: 963px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-6517\" src=\"https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/4-Jose-Alfredo-Perez-Alencar-foto-de-Jacqueline-Alencar.jpg\" alt=\"\" width=\"963\" height=\"676\" srcset=\"https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/4-Jose-Alfredo-Perez-Alencar-foto-de-Jacqueline-Alencar.jpg 963w, https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/4-Jose-Alfredo-Perez-Alencar-foto-de-Jacqueline-Alencar-300x211.jpg 300w, https:\/\/tiberiades.org\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/4-Jose-Alfredo-Perez-Alencar-foto-de-Jacqueline-Alencar-768x539.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 963px) 100vw, 963px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-6517\" class=\"wp-caption-text\">Jos\u00e9 Alfredo P\u00e9rez Alencar (foto de Jacqueline Alencar)<\/figcaption><\/figure>\n<p><em>&nbsp;<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>He sentido la necesidad de dedicar una breve reflexi\u00f3n sobre este tema, no por considerarlo parad\u00f3jico o peculiar (al fin y al cabo, consiste en un trato entre acusaci\u00f3n y defensa), sino por el trasfondo que se puede apreciar de cara al papel del Estado. 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